Humo Política de Libre
DECLARACIÓN DE LA NORMA
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La Universidad de Colorado Boulder reconoce que el fumar cualquier tipo de sustancia presenta un peligro de salud pública. La Universidad está dedicada a proveer un ambiente de aprendizaje saludable, cómodo y productivo para la facultad, el personal, los estudiantes y los visitantes. Como tal, será la norma del campo universitario de Boulder que no se permitirá fumar ni dentro ni fuera de las áreas del campo universitario.
La Universidad de Colorado Boulder reconoce que el dejar de fumar puede ser un reto personal muy significativo. Los programas de cesación y un período razonable de educación y aclimatación son componentes fundamentales para la implementación de esta norma. Sujeto a la disponibilidad de los recursos, tantos del Estado, así como también del campo universitario, se le proporcionarán a la facultad, al personal y a los estudiantes, una variedad de asistencia para dejar de fumar, incluyendo clases de cesación y el reemplazo de productos que contengan nicotina. El campo universitario también designará un número limitado de las zonas designadas para fumadores al aire libre alejados de las áreas de actividades públicas hasta finales de diciembre del 2013.
NORMA
A partir de la fecha de vigencia de la norma, el campo universitario iniciará un período razonable de educación y aclimatación (desde el 6 de febrero del 2013 hasta el 18 de agosto del 2013). A partir del 19 de agosto del 2013, la universidad será un campo libre de fumar, incluyendo la prohibición de fumar en todas las áreas interiores y exteriores, a excepción del número limitado de las zonas designadas para fumar al aire libre alejadas de las áreas de actividades públicas. En vista de los esfuerzos de transición, para diciembre del 2013, la efectividad del dejar de fumar y las actividades educativas, la universidad evaluará el éxito del programa con el fin de evaluar la necesidad contínua de las zonas designadas para fumar al aire libre.
A partir de este momento, queda prohibido el uso de los productos de tabaco de cualquier tipo, ya sea dentro o fuera, de todas las áreas o terrenos que sean operados y propiedad de la universidad. Esta prohibición de fumar no se aplica a los espacios de la vía pública (aceras, calles) en los perímetros del campo universitario.
“Fumar”, tal y como se usa en la norma, significa cualquier sustancia, incluyendo pero no limitado al, tabaco, cigarrillos de clavos de especies o marihuana. “Productos para fumar” incluyen, pero no se limitan a, todos los productos de cigarrillos (cigarrettes, bidis, kreteks, etc.) y todos los productos para fumar o fumígenos (tabacos, pipas, pipas de agua, etc.). Los terrenos y áreas que son propiedad y operados por la universidad incluyen pero no están limitados a, todas las áreas recreacionales y educativas al aire libre; todos los edificios de la universidad; todos los edificios residenciales propiedad de la universidad; las aceras de la universidad; los estacionamientos de la universidad; las áreas recreacionales; los estadios al aire libre y los vehículos de propiedad o arrendados de la universidad (independientemente de la ubicación). En concordancia con la norma de la universidad, la venta, distribución y muestras de todo producto de tabaco y toda mercancía relacionada con el tabaco están prohibidos en todas las áreas que son propiedad y operadas por la universidad y en los eventos patrocinados por la universidad. Está prohibido tirar restos de basura de los productos de tabaco.
Esta norma se aplica a todos los empleados, estudiantes, visitantes, contratistas y a personas afiliadas externamente o a empresas que alquilen espacios en terrenos que pertenezcan y sean operados por la universidad.
CUMPLIMIENTO DE LA NORMA
Todos los estudiantes, los miembros de la facultad/profesores, el personal, contratistas y visitantes de la Universidad de Colorado Boulder deben cumplir con esta norma. A las personas que observemos fumando en el campo universitario se les pedirá que dejen de hacerlo.
Los organizadores de eventos públicos, tales come conferencias, reuniones, conferenciantes/oradores públicos, eventos sociales y culturales que usen las instalaciones de la universidad deben asesorar a los participantes en este tipo de eventos sobre la norma, y exigir su cumplimiento.
A los infractores que violen esta norma se les educará al respecto, se les recomendará que asistan a sesiones para dejar de fumar, y si es un estudiante o empleado de la Universidad de Colorado Boulder, podría ser sometido(a) a una acción disciplinaria tal y como se indica a continuación.
Las personas que se involucren en el uso de tabaquismo y/o productos para fumar violando esta norma, pueden ser sujetas a lo siguiente:
- Los estudiantes serán referidos a la oficina apropiada sobre la conducta estudiantil. La violación de esta norma es una violación al Código de Conducta Estudiantil.
- Los empleados serán referidos a sus supervisores y/a la persona con Autoridad Designada para una acción apropiada.
- Los contratistas serán referidos a sus respectivos empleadores para que tomen la acción apropiada.
- A los visitantes se les pedirá que desalojen el campo universitario si no cumplen con la norma cuando se lo pidan.
No se tomará ninguna represalia contra persona alguna que introduzca una queja o que proporcione información relacionada con una violación a la norma.
Fecha en que entró en vigencia: 9 de agosto de 1994
Revisado el: 6 de febrero del 2013
Categoría de norma:
Normas del campo universitario (En inglés solamente)
Administración y Finanzas (En inglés solamente)